Contraloría - Dictamen N° 82305 2014
Improcedencia Bono por Salud Incompatible
Abstracto
Dictamen N° 82305 de 2014. Elena Barraza Carvajal, exfuncionaria municipal, solicita bono ley 20.305. CGR determina que el cese por salud incompatible no habilita el beneficio, conforme al artículo 2 N° 5 de la ley 20.305.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Elena Barraza Carvajal, exfuncionaria de la Municipalidad de Alto del Carmen
- Materia: Bono establecido en la ley N° 20.305. Improcedencia por cese de funciones debido a salud incompatible.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la exfuncionaria para determinar si tiene derecho al bono de la ley N° 20.305, considerando las modificaciones de la ley N° 20.636.
- Hechos relevantes: La Municipalidad de Alto del Carmen informa que la recurrente no cumple los requisitos de la ley N° 20.305, pero estima que podría acceder al beneficio según la ley N° 20.636. El Servicio de Tesorerías indica que el cese fue por declaración de vacancia por salud incompatible.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.305, artículo 1°, inciso primero; artículo 2°, N° 5; Código del Trabajo, artículo 161, inciso primero.
- Reglamentos: Decreto ley N° 3.500, de 1980.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la peticionaria tiene derecho al bono establecido en la ley N° 20.305, considerando que su cese se debió a declaración de vacancia por salud incompatible.
- Argumentación CGR: El artículo 2°, N° 5, de la ley N° 20.305 exige cesar en el cargo por renuncia voluntaria, pensión de vejez, supresión del ...
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