Contraloría - Dictamen N° 82698 2014
Reincorporación tras licencia y turnos
Abstracto
Dictamen 82698 de 2014. DPA. Señala que turno programado previo a licencia médica debe ser asumido al día siguiente de expirada esta. La autoridad puede modificar los turnos. Aplica criterio de dictámenes 49091/2010 y 30686/2014.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carlos Ramírez Vilches, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
- Materia: Momento de reincorporación a funciones tras licencia médica en sistema de turnos programados. Facultad de la autoridad para modificar turnos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el momento de reincorporación a funciones luego de una licencia médica, considerando un sistema de turnos programados.
- Hechos relevantes: El recurrente hizo uso de licencia médica, y la DGAC determinó que no debía reincorporarse inmediatamente, sino que quedaba en un turno de día libre.
III. MARCO NORMATIVO
- Reglamentos: Artículo 65 del decreto N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, aprobatorio del reglamento de autorización de licencias médicas.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el momento en que un funcionario debe reincorporarse a sus funciones después de una licencia médica, considerando un sistema de turnos programados, y la facultad de la autoridad para modificar dichos turnos.
- Argumentación CGR: La CGR señala que, según su jurisprudencia, el empleado debe reanudar sus funciones al día siguiente de la expiración de la licencia médica, sea hábil o no. El cómput...
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