Contraloría - Dictamen N° 94450 2014
Término Contrato Indemnización y Recontratación
Abstracto
Dictamen 94450 de 2014. Carlos Cisternas Salgado. Término de contrato laboral y pago de indemnización por años de servicio. Aplicación del artículo 161 del Código del Trabajo. La recontratación del trabajador no es obligatoria para todos los empleados.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Carlos Cisternas Salgado, exempleado de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE).
- Materia: Término de contrato laboral, pago de indemnización por años de servicio y posterior recontratación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Denuncia sobre el término de contratos de trabajo de personal de alta gerencia de EFE con pago de indemnizaciones y posterior recontratación, beneficio que habría sido negado a trabajadores de menor rango.
- Hechos relevantes: El recurrente alega que la situación se verificó respecto del señor Jacinto Hernández Tejos.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DFL N° 1, de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, artículo 22; Ley N° 10.336, artículo 16, inciso 2; Código del Trabajo, artículo 161.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la Empresa de los Ferrocarriles del Estado actuó correctamente al poner término a contratos de trabajo, pagar indemnizaciones y luego recontratar a algunos empleados.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que, si bien el empleador debe pagar la indemnización por años de servicio al poner término a un contrato por las causales del artículo 161 del Código del Trabajo, la decisión d...
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