Contraloría - Dictamen N° 95520 2014
Licitación sin vicio de juridicidad
Abstracto
Dictamen 95.520 de 2014. Se rechaza reclamo de Concejal de Ñuñoa sobre falta de información al Concejo Municipal en licitación pública de obra. Se recuerda jurisprudencia sobre rol del Concejo en adjudicación. No se advierten vicios de juridicidad.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jaime Castillo Soto, Concejal de la Municipalidad de Ñuñoa.
- Materia: Reclamo sobre licitación pública para la contratación de la obra “Centro de Salud Villa Olímpica”, convocada por la Municipalidad de Ñuñoa.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente alega que la Municipalidad no informó al Concejo Municipal sobre el llamado a licitación ni sometió a su conocimiento las bases administrativas y especificaciones técnicas, impidiendo advertir aspectos económicos al momento de aprobar la adjudicación.
- Respuesta Municipal: El municipio indica que su actuación se ajusta a derecho, ya que el ordenamiento jurídico no exige someter al Concejo Municipal las bases y especificaciones técnicas.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 65, letra i), de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece la necesidad de acuerdo del Concejo para convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores a 500 unidades tributarias mensuales.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si existió vicio de juridicidad en el proceso de licitación pública debido a la falta de información al Concejo Municipal sobre las bases y especificaciones técnicas.
- *Argumentación CG...
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