Contraloría - Dictamen N° 98022 2014
Aduanas: Bono permanencia e incompatibilidad
Abstracto
Dictamen N° 98.022, de 2014, establece que funcionaria de Aduanas no tiene derecho al bono del artículo 8° de la ley N° 20.755, al estar afecta al artículo 10 de la misma ley, pero puede postular al bono postlaboral de la ley N° 20.305.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Juana Triviño Espinoza, funcionaria del Servicio Nacional de Aduanas.
- Materia: Bono especial de permanencia establecido en el artículo 8° de la ley N° 20.755 y bono postlaboral de la ley N° 20.305.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho a acceder al bono especial de permanencia de la ley N° 20.755, la calificación de la renuncia como voluntaria y la compatibilidad de los emolumentos con la ley N° 20.305.
- Hechos relevantes: La funcionaria, al 31 de julio de 2010, tenía cumplidos 60 años de edad, siendo incluida en la nómina del personal afecto al artículo 10 de la ley N° 20.755 mediante la resolución exenta N° 4.413, de 1 de agosto de 2014, del Servicio Nacional de Aduanas.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.755, artículos 2°, 4°, 8° y 10; Ley N° 20.305, artículo 7°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la funcionaria tiene derecho al bono especial de permanencia del artículo 8° de la ley N° 20.755, considerando su inclusión en la nómina del personal afecto al artículo 10 de la misma ley.
- Argumentación CGR: El artículo 10 de la ley N° 20.755 establece que los funcionarios a quienes se solicite la renuncia solo tendrán derecho ...
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