Contraloría - Dictamen N° 21 2015
Abogado DGA No Falta Probidad
Abstracto
Dictamen N° 21, de 2015, rechaza reclamo contra abogado de la Dirección General de Aguas (DGA) por supuesta falta a la probidad administrativa al aceptar desistimiento en juicio sobre nulidad de resolución DGA. Se actuó en defensa del servicio y sin provecho personal, conforme a la Ley N° 18.575.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Sociedad Hidroeléctrica Energías Patagónicas Limitada.
- Materia: Eventual falta a la probidad administrativa de un funcionario de la Dirección General de Aguas (DGA) por su actuación en un juicio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra un abogado de la DGA por su participación en un desistimiento presentado en la causa rol C-30275-2008, tramitada ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, donde se solicitaba la nulidad de derecho público de la resolución N° 112, de 2006, de la DGA (rectificada por la N° 475, del mismo año), que otorgaba un derecho de aprovechamiento de aguas.
- Hechos relevantes: El abogado de la DGA concurrió con su firma en un escrito de desistimiento de la demandante, Maderas Cóndor S.A., el cual fue presentado ante el juzgado civil.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Ley N° 18.575, artículo 52, incisos 1 y 2 (principio de probidad administrativa).
- Código de Aguas: Artículo 302, inciso 1 (representación legal de la DGA).
- Código de Procedimiento Civil: Artículos 148 y 150 (desistimiento de la demanda).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la actuación del abogado de la DGA al aceptar el desistimiento en el juicio constituyó una falta a la probidad admin...
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