Contraloría - Dictamen N° 15621 2015
Salud dental de cargo pensionado
Abstracto
Dictamen 15621 de 2015. La CGR determina que las prestaciones de salud dental para pensionados de DIPRECA y sus cargas familiares son de cargo de estos, conforme al DL 844/75 y al Dto. 509/89, al no haber suscrito convenio de atención dental.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Adolfo Pereira Rojas
- Materia: Prestaciones de salud dental para pensionados de DIPRECA
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el derecho del hijo de un pensionado de DIPRECA a recibir tratamiento odontológico en el hospital de Carabineros.
- Hechos relevantes: El Hospital de Carabineros informa que las prestaciones dentales para pensionados y sus cargas son de cargo del imponente.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DL 844/75, artículo 9°
- Reglamentos: Dto. 509/89 del Ministerio de Defensa Nacional, artículo décimo séptimo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el hijo del recurrente tiene derecho a recibir tratamiento odontológico en el Hospital de Carabineros con cargo a DIPRECA.
- Argumentación CGR: El DL 844/75 faculta a DIPRECA para otorgar beneficios de asistencia médica, hospitalaria y dental, sujetos a las limitaciones del reglamento. El Dto. 509/89 faculta a DIPRECA para celebrar convenios sobre salud dental, siendo el pago de cargo del imponente. Un convenio entre DIPRECA y la Dirección de Salud de Carabineros establece un plan de atención dental para imponentes pasivos que lo suscriban y aporten al fondo odontológico.
V. PRONUNCIAMIE...
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