Contraloría - Dictamen N° 23332 2015
No renovación contrato honorarios sin fuero maternal
Abstracto
Dictamen 23332 de 2015. Se pronuncia sobre la no renovación del contrato a honorarios de extrabajadora municipal de Recoleta, considerando que no se encontraba amparada por el fuero maternal. Aplica el artículo 4°, inciso tercero, de la ley N° 18.883. Se concluye que el municipio actuó conforme a derecho.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Jeniffer Guajardo Romero
- Materia: Procedencia de la no renovación de contrato a honorarios de extrabajadora municipal.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por la no renovación del contrato a honorarios para el año 2015, alegando fuero maternal y que las labores no eran propias de un convenio de tal naturaleza jurídica.
- Hechos relevantes: El contrato a honorarios expiró el 31 de diciembre de 2014. Se estipuló la posibilidad de hacer uso de licencias médicas pre y post natales.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.883, artículo 4°, inciso tercero.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la Municipalidad de Recoleta actuó correctamente al no renovar el contrato a honorarios de doña Jeniffer Guajardo Romero.
- Argumentación CGR: Las personas contratadas a honorarios se rigen por las reglas que establezca el respectivo acuerdo y no les son aplicables las disposiciones contenidas en la ley N° 18.883. El contrato constituye la única norma reguladora de sus relaciones, sin otros beneficios que los contemplados expresamente. Los derechos y obligaciones emanan del contrato solo durante su vigencia. La prolongación de beneficios solo podría fundarse en el fuero maternal si se h...
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