Contraloría - Dictamen N° 24102 2015
DIRECTEMAR aplica fórmula pilotajes anuales
Abstracto
Dictamen N° 24.102 de 2015. DIRECTEMAR debe aplicar la fórmula del artículo 15 del decreto N° 398 de 1985 para fijar el número anual de pilotajes por cada práctico autorizado. Se aclara el dictamen N° 30.054 de 2013.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR)
- Materia: Aclaración sobre la aplicación del artículo 15 del decreto N° 398, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, en relación con el número anual de pilotajes.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la DIRECTEMAR respecto del dictamen N° 30.054, de 2013, que instruyó exigir el cumplimiento del requisito mínimo de pilotajes anuales fijado en el artículo 15 del decreto N° 398, de 1985.
- Hechos relevantes: La DIRECTEMAR argumenta la imposibilidad de exigir 18 pilotajes anuales por práctico y la dificultad de predecir la demanda del servicio.
III. MARCO NORMATIVO
- Decretos: decreto N° 398, de 1985, del Ministerio de Defensa Nacional, artículo 15, incisos primero y final.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la DIRECTEMAR debe aplicar la fórmula establecida en el artículo 15 del decreto N° 398, de 1985, para la fijación del número anual de pilotajes por cada práctico autorizado.
- Argumentación CGR: Se recuerda que el artículo 15, inciso primero, del reglamento, dispone que anualmente, durante el mes de enero, el Director General determinará por resolución el número que conformará la nómi...
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