Contraloría - Dictamen N° 24958 2015
Clasificación naves según registro grueso
Abstracto
Dictamen 24958/2015. Asociación de Armadores consulta sobre clasificación de naves (mayores/menores) por DIRECTEMAR. CGR indica que DL 2222/78, art. 4, establece clasificación según toneladas de registro grueso, no arqueo bruto.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación Regional de Armadores y Servicios Marítimos de Puerto Montt
- Materia: Clasificación de naves según su porte.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Discrepancia con la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (DIRECTEMAR) respecto a la clasificación de naves mayores o menores.
- Hechos relevantes: DIRECTEMAR modificó la circular N° O-71/010, estableciendo la clasificación según arqueo bruto, lo que se considera en contravención al decreto ley N° 2.222, de 1978, que utiliza las toneladas de registro grueso.
III. MARCO NORMATIVO
- Código de Comercio: Artículo 832, inciso tercero.
- Leyes: Decreto ley N° 2.222, de 1978, artículo 4, inciso primero y final.
- Reglamentos: Decreto N° 163, de 1981, del Ministerio de Defensa Nacional, artículos 26 y 51.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la clasificación de naves según su porte debe basarse en el arqueo bruto o en las toneladas de registro grueso.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que el artículo 4° del decreto ley N° 2.222 establece que la clasificación debe realizarse en función de las toneladas de registro grueso, sin aludir al arqueo bruto o neto.
- *Princip...
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