Contraloría - Dictamen N° 35441 2015
Aguas marítimas: Bien nacional uso público
Abstracto
Dictamen 35441 de 2015. Se pronuncia sobre el dominio y naturaleza jurídica de las aguas marítimas, señalando que son bienes nacionales de uso público, cuyo uso particular puede ser concedido por el Ministerio de Defensa Nacional, conforme al DFL 340/60.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Senador Alejandro Navarro Brain
- Materia: Dominio y naturaleza jurídica de las aguas marítimas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre el dominio y la naturaleza jurídica del agua de mar utilizada en procesos industriales, especialmente en el norte de Chile.
- Documentación asociada: Informes de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 19 N° 23.
- Código Civil: Artículos 589, incisos 1 y 2; 593, inciso 1; 595.
- DFL 340/60 HACIENDA: Artículos 1, 2 y 3.
- DTO 2/2005 DEFENSA: Artículo 11.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar el dominio y la naturaleza jurídica de las aguas marítimas y la posibilidad de su uso en procesos industriales.
- Argumentación CGR: El mar territorial es un bien nacional de uso público no susceptible de apropiación privada. El Ministerio de Defensa Nacional tiene la facultad privativa de conceder el uso de las aguas marítimas, conforme al DFL 340/60.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Las aguas marítimas son bienes nacionales de uso público.
- Criterios establecidos: El uso particular de las ag...
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