Contraloría - Dictamen N° 41237 2015
Ascenso según mérito acreditación competencias
Abstracto
Dictamen 41237 de 2015. Ascensos en la planta de técnicos de los servicios de salud deben efectuarse según mérito en acreditación de competencias (DFL 1/2005, art. 102). Se declara superada la promoción reclamada.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña Margarita Ramírez Tapia, funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente
- Materia: Ascenso en la planta de técnicos de los Servicios de Salud conforme al mérito del proceso de acreditación de competencias.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por la falta de ascenso, pese a considerar que le corresponde por sus calificaciones y desempeño.
- Hechos relevantes: La interesada fue promovida al grado 20 en 2010. En procesos posteriores, no accedió a vacantes disponibles debido a su posición en el escalafón.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, artículo 102, incisos 3° y 4°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Si el ascenso reclamado debe efectuarse conforme al mérito del proceso de acreditación de competencias.
- Argumentación CGR: El artículo 102 del DFL N° 1 de 2005 establece reglas objetivas e imparciales para determinar los funcionarios a promover, fundado en los méritos y el número de vacantes disponibles.
- Principios interpretativos: Se prioriza el criterio de mérito conforme a la normativa vigente.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La situación reclamada se encuentra superada.
- Criterios establecidos: Los ascensos ...
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