Contraloría - Dictamen N° 43615 2015
Cumplimiento dictamen pese acción judicial
Abstracto
Dictamen 43615 de 2015. La CGR indica a la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda que la existencia de una acción judicial no enerva su facultad de exigir el cumplimiento del dictamen 22891 de 2015 sobre remuneraciones de Helen Blanco Lara.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda.
- Materia: Cumplimiento de dictamen sobre remuneraciones pese a acción judicial.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda para abstenerse de cumplir el dictamen N° 22.891, de 2015, debido a una denuncia de tutela laboral presentada por la funcionaria Helen Blanco Lara.
- Hechos relevantes: La funcionaria presentó una denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, causa RIT T-19-2015.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 98.
- Leyes: Ley N° 10.336, artículos 1°, 6 inciso 3°, y 9°; Ley N° 18.695, artículos 51 y 52.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Si la existencia de una acción judicial enerva la facultad de la Contraloría General de la República (CGR) para exigir el cumplimiento de sus dictámenes.
- Argumentación CGR: La CGR señala que la sola existencia de acciones judiciales no enerva sus facultades de control, contempladas en los artículos 98 de la Constitución Política de la República; 1° y 9° de la ley N° 10.336; y 51 y 52 de la ley N° 18.695. La prohibición del artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336 se re...
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