Contraloría - Dictamen N° 52393 2015
Descuento cuotas asociaciones funcionarios procede
Abstracto
Dictamen N° 52393 de 2015. División de Personal de la Administración del Estado. Descuento de cuotas de asociación de funcionarios. Basta requerimiento del presidente o tesorero según ley 19.296, art. 45 y dictamen 65246/2011. Descuento se ajusta a derecho.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Santiago González Sepúlveda, empleado del Servicio de Registro Civil e Identificación
- Materia: Descuento de cuotas de asociación de funcionarios sin autorización expresa.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por descuentos en remuneraciones (diciembre 2014, enero y febrero 2015) por aumento de cuotas de ANERCICH.
- Hechos relevantes: Aumento de cuota ordinaria acordado por la asociación.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.834: Artículo 96 (prohibición de rebajas).
- Ley N° 19.296: Artículo 43 (cotización obligatoria), Artículo 45 (descuento por planilla).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Se requiere autorización del afiliado para descontar cuotas ordinarias?
- Argumentación CGR: No se requiere autorización expresa del interesado. Basta requerimiento del presidente o tesorero de la directiva (dictamen N° 65.246, de 2011).
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 65.246, de 2011.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: El descuento se ajusta a derecho.
- Criterios establecidos: No se requiere autorización expresa del afiliado para descontar cuotas ordinarias.
- Alcance: Caso específico de aumento de cuotas ordinarias de ANERCICH.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
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