Contraloría - Dictamen N° 57160 2015
Reclamo por vivienda programa habitacional
Abstracto
Dictamen 57160 de 2015. Se rechaza reclamo contra la Municipalidad de Puente Alto por supuestas deficiencias en la vivienda adquirida por Eulalia Vejar Vásquez, a través del programa "Recuperación de Condominios Sociales", al no acreditarse incumplimiento de labores de asistencia técnica y legal (PATL) según Dto 49/2011.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Eulalia Vejar Vásquez
- Materia: Reclamo por deficiencias en vivienda adquirida a través del programa "Recuperación de Condominios Sociales, segunda oportunidad".
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la Municipalidad de Puente Alto, en su calidad de Prestador de Asistencia Técnica y Legal (PATL), por supuestas deficiencias en la vivienda adquirida en el marco del programa habitacional.
- Hechos relevantes: La reclamante invirtió recursos propios en arreglos debido al deficiente estado de conservación de la vivienda. El SERVIU indica que el PATL realiza las visitas a los inmuebles y el pago del subsidio se efectúa según el informe técnico suscrito por un profesional del prestador. La Municipalidad de Puente Alto señala que prestó asistencia a la interesada y que, tras la entrega de la vivienda, verificó que se encontraba en buen estado.
- Documentación asociada: Resolución exenta N° 262, de 2013, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; convenio de 19 de julio de 2013, suscrito entre el SERVIU y la Municipalidad de Puente Alto.
III. MARCO NORMATIVO
- Reglamentos: Decreto N° 49, de 2011, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo -Fondo Solidario de Elección de Vivienda-, artículo 69.
IV. ANÁLISIS JURÍD...
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