Contraloría - Dictamen N° 58894 2015
Rechazo bono ley 20.305 JUNJI
Abstracto
Dictamen 58894 de 2015. Se rechaza solicitud de bono por ley 20.305 a exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, al no cumplir requisito de desempeño anterior al 1 de mayo de 1981 exigido en el artículo 2 N° 1 de dicha ley.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Ana María Bravo Ulloa
- Materia: Solicitud de bono por ley N° 20.305 denegado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La señora Ana María Bravo Ulloa consulta sobre su derecho a la bonificación establecida en la ley N° 20.305, la cual fue denegada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI).
- Hechos relevantes: La interesada no cumple con el requisito de haberse desempeñado con anterioridad al 1 de mayo de 1981 en las entidades a que se refiere la ley N° 20.305.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.305, artículo 1°, inciso 1; artículo 2°, numeral 1.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la señora Ana María Bravo Ulloa tiene derecho a la bonificación establecida en la ley N° 20.305.
- Argumentación CGR: Para acceder al beneficio que otorga la ley N° 20.305, se requiere haberse desempeñado en alguno de los organismos a que alude esa preceptiva con anterioridad al 1 de mayo de 1981, lo que no ocurrió en la especie. La señora Bravo Ulloa ingresó a la JUNJI el 8 de junio de 1981, sin que aparezcan desempeños anteriores en alguna de las instituciones a que se refiere la normativa.
V. PRONUNCIAMIENTO
- *Decisión princip...
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