Contraloría - Dictamen N° 70949 2015
Asignación asistentes educación no disminuye
Abstracto
Dictamen 70949 de 2015. La CGR dictamina sobre la improcedencia de disminuir la asignación del artículo 1° de la ley 19464, si el municipio ya determinó su cuantía. Aplica jurisprudencia sobre asignaciones a asistentes de la educación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asistentes de la educación de la Municipalidad de La Cisterna
- Materia: Imposibilidad de disminuir asignación a asistentes de la educación una vez determinada por el municipio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Rebaja en la asignación del artículo 1° de la ley N° 19.464 a asistentes de la educación a partir de abril de 2015.
- Hechos relevantes: El municipio justifica la rebaja por la aplicación del dictamen N° 94.182, de 2014, que extendió el beneficio a quienes laboran en programas de integración escolar, recalculando el monto al dividir los recursos disponibles entre un mayor número de funcionarios.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.464: Artículos 1°, 2° y 7° (crea subvención para aumentar remuneraciones de asistentes de la educación).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es procedente la disminución del monto de la asignación regulada en el artículo 1° de la ley N° 19.464, una vez que su cuantía ha sido previamente determinada por el municipio.
- Argumentación CGR: La asignación tiene una individualidad jurídica propia, distinta de la remuneración mensual, y debe calcularse en forma independiente. La ley N° 20.799 establece que el cálculo debe efectuarse en enero de cada a...
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