Contraloría - Dictamen N° 74238 2015
Reincorporación Carabineros: Ubicación en escalafón
Abstracto
Dictamen 74238 de 16-IX-2015. El CGR determina que la reincorporación de un funcionario de Carabineros después de seis meses de su cese debe ser en el último lugar de su grado, conforme al DFL 2/68, artículo 30, inciso primero.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Víctor Roberto Ortiz Oyarce, funcionario de Carabineros de Chile.
- Materia: Legalidad de la reincorporación de un funcionario de Carabineros en el último lugar del escalafón.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de la reincorporación en el último lugar del escalafón, tras haber cesado funciones por más de seis meses.
- Hechos relevantes: El recurrente cesó funciones el 18 de junio de 2013 y se reincorporó el 15 de abril de 2014.
- Documentación asociada: Decreto supremo N° 1.277, de 2013, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL 2/1968: Artículo 30, inciso primero, que establece la ubicación en el escalafón para reincorporaciones tardías.
- Ley 19.880: Artículo 53, inciso primero, sobre la invalidación de actos administrativos.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la ubicación del recurrente en el último lugar del escalafón se ajusta a derecho, considerando el tiempo transcurrido entre su cese y reincorporación.
- Argumentación CGR: La CGR aplica el artículo 30, inciso primero, del DFL N° 2, de 1968, señalando que el plazo de seis meses para la reincorporación sin pérdida de posición en el esc...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora