Contraloría - Dictamen N° 77379 2015
Ley 20.845: Alcance Artículo Transitorio
Abstracto
Dictamen 77379 de 2015. Se aclara que la referencia al artículo vigésimo séptimo transitorio de la ley 20.845, debe entenderse hecha al párrafo 4°, no al 2°, en relación con la garantía CORFO para créditos de sostenedores.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Sociedad Educacional Darío Salas Ltda.
- Materia: Interpretación del artículo vigésimo séptimo transitorio de la ley N° 20.845 en relación con la garantía CORFO para créditos de sostenedores que optan por la gratuidad.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre los alcances de la ley N° 20.845, específicamente sobre si los sostenedores que renuncian al financiamiento compartido para acceder a la gratuidad pierden la garantía CORFO para créditos bancarios destinados a la adquisición de inmuebles.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 20.845, artículos transitorios vigésimo primero a vigésimo séptimo; DFL N° 2/2009, artículo 3 letra b; DFL N° 2/98, artículos 1 y 49 bis; Código Civil, artículos 19 y 22.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la referencia al Párrafo 2° en el artículo vigésimo séptimo transitorio de la ley N° 20.845 debe entenderse como una referencia al Párrafo 4° del mismo cuerpo legal, en lo que respecta a la garantía estatal para créditos CORFO.
- Argumentación CGR: Se basa en las reglas de hermenéutica del Código Civil (artículos 19 y 22) y en la historia fidedigna del establecimiento de la ley para concluir que la intención del legislado...
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