Contraloría - Dictamen N° 78771 2015
Límite desahucio veinticuatro mensualidades
Abstracto
Dictamen 78771 de 2015. Desahucio DFL 338/60 está limitado a 24 mensualidades, independiente de los años cotizados. Se aplica jurisprudencia reiterada en dictámenes 81386/2011 y 45355/2014. No corresponde modificar este límite vía interpretación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Luis Roberto Farfán Fernández, funcionario del Ministerio de Obras Públicas.
- Materia: Límite máximo de veinticuatro mensualidades para el desahucio establecido en el DFL N° 338, de 1960.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de cese de descuento para el fondo de desahucio o pago de indemnización basado en el tiempo efectivamente cotizado.
III. MARCO NORMATIVO
- DFL N° 338, de 1960: Artículos 102 y 103.
- Código Civil: Artículo 52.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el desahucio establecido en el DFL N° 338, de 1960, tiene un límite máximo de veinticuatro mensualidades, independiente de la cantidad de años cotizados.
- Argumentación CGR: El desahucio está limitado a un máximo de veinticuatro mensualidades, correspondientes a igual cantidad de años de servicios, independientemente de que el afiliado haya efectuado imposiciones por un lapso superior.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes N°s 81.386, de 2011 y 45.355, de 2014.
V. PRONUNCIAMIENTO
- El señor Farfán Fernández tendrá derecho a percibir la prestación indemnizatoria, en el evento que cumpla con los requisitos para ello, limitada en veinticuatro mensualidades.
- El límite de veinticuatro mensualida...
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