Contraloría - Dictamen N° 81399 2015
Pago asignación experiencia docente municipal
Abstracto
Dictamen 81399 de 2015. Se pronuncia sobre el pago de asignación de experiencia a docente de la Municipalidad de Quilicura. Aplica criterio de dictámenes 68663/2013 y 61839/2011, señalando que, de acreditarse los bienios, debe pagarse la asignación desde el ingreso al municipio.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Héctor Muñoz Roa, docente de la Municipalidad de Quilicura
- Materia: Pago de asignación de experiencia.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por el no pago de la asignación de experiencia correspondiente a los años 2013 y 2014, pagándose solo a partir de marzo de 2015.
- Hechos relevantes: El recurrente fue designado como reemplazante desde el 25 de marzo al 27 de junio de 2013 (decreto N° 486, de 2013) y luego contratado desde el 1 de marzo de 2014 al 28 de febrero de 2015 (decreto N° 349, de 2014).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 19.070: Artículos 47, inciso 1 y 48, inciso 1.
- Decreto 264/91 del Ministerio de Educación: Artículos 1, inciso 2; 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.
- Código del Trabajo: Artículo 510 (aplicación supletoria).
- Ley 19.070: Artículo 71.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el pago de la asignación de experiencia reclamada por el docente.
- Argumentación CGR: Para percibir la asignación de experiencia se exige que se trate de servicios docentes realmente prestados en establecimientos educacionales, sea en el sector público o particular, debidamente acreditados mediante el procedimiento indicado en la ley N° 19.070 y el reglamento estableci...
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