Contraloría - Dictamen N° 85772 2015
Montepío concedido es irrevocable
Abstracto
Dictamen N° 85.772 de 2015. A solicitud de Rigoberto Ambiado Vergara, la CGR dictamina que la resolución que concedió montepío es irrevocable según el artículo 74 del DFL 2/68, no procediendo su redistribución por haber transcurrido el plazo legal.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Rigoberto Ambiado Vergara
- Materia: Irrevocabilidad de la resolución que concede montepío y su redistribución.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de Rigoberto Ambiado Vergara para aumentar el porcentaje de montepío que recibe doña Patricia Ambiado Vergara, debido a su condición de discapacidad.
- Hechos relevantes: El Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile concedió el montepío a la interesada y a sus hermanas en partes iguales en 2010. Se alega una supuesta invalidez no acreditada oportunamente.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 74 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es factible aumentar el porcentaje de montepío concedido a doña Patricia Ambiado Vergara.
- Argumentación CGR: El artículo 74 del DFL N° 2/1968 establece que las pensiones de montepío se consideran fijadas de forma definitiva e irrevocable por la resolución que las concede, salvo causa legal o error manifiesto reparable de oficio o a petición del interesado dentro de los dos años siguientes.
- Jurisprudencia administrativa: Se aplica criterio preexistente sobre la irrevocabilidad de las pensiones.
V. PRON...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora