Contraloría - Dictamen N° 91944 2015
Sanción por omisión declaración patrimonio
Abstracto
Dictamen 91944/2015. El IPS consulta sobre la aplicación supletoria de la ley 19.880 en la sanción a funcionarios por omisión o retardo en la declaración de intereses y patrimonio. CGR determina que la responsabilidad se hará efectiva según las normas estatutarias del servicio, pudiendo aplicarse supletoriamente la ley 19.880.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Instituto de Previsión Social (IPS)
- Materia: Procedimiento sancionatorio por omisión o retardo en la presentación de declaración de intereses y patrimonio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El IPS consulta sobre la procedencia de aplicar supletoriamente la ley N° 19.880 a los procedimientos sancionatorios por omisión o retardo en la presentación de declaraciones de intereses y patrimonio, ante la existencia de jurisprudencia que considera contradictoria.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: No se mencionan artículos constitucionales.
- Leyes:
- Ley N° 18.575, artículos 57, 60 A, 61 inciso 2, 59, 60 D, 65 incisos 1, 2, 4, 66.
- Ley N° 20.255, artículo 58.
- Ley N° 18.834, artículos 119 y 121.
- Reglamentos: No se mencionan reglamentos.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede aplicar supletoriamente las disposiciones de la ley N° 19.880 a los procedimientos para sancionar a funcionarios del IPS que omitieron o retardaron la presentación de las declaraciones de intereses y patrimonio.
- Argumentación CGR: La CGR señala que la responsabilidad administrativa se hará efectiva con sujeción a las normas estatutarias que rijan al órgano u organismo en que se produjo la ...
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