Contraloría - Dictamen N° 3565 2016
ASMAR: Traspaso cotizaciones previsionales CAPREDENA
Abstracto
Dictamen 3565 de 2016. Traspaso de cotizaciones a CAPREDENA de funcionario de ASMAR se ajusta a derecho, regularizando su situación previsional. Aplica el artículo 10 de la ley 18.458, conforme a dictámenes previos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Luis Osvaldo Bernales Villalobos, funcionario de los Astilleros y Maestranzas de la Armada (ASMAR).
- Materia: Traspaso de cotizaciones previsionales a CAPREDENA.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: El recurrente solicita el traspaso de sus cotizaciones desde el sistema de capitalización individual a CAPREDENA para reliquidar su pensión de retiro.
- Hechos relevantes:
- El recurrente se desempeñó en ASMAR hasta el 31 de diciembre de 2001, licenciándose con derecho a jubilación.
- Se reincorporó el 4 de diciembre de 2003, cotizando en el régimen de capitalización individual.
- A partir del 1 de marzo de 2006, volvió a ser imponente de CAPREDENA.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: Artículo 10 de la ley N° 18.458, modificado por la ley N° 20.735.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el traspaso de cotizaciones hacia CAPREDENA se ajusta a derecho, considerando la reincorporación del recurrente a ASMAR y su afiliación previa al sistema de capitalización individual.
- Argumentación CGR: Se basa en el artículo 10 de la ley N° 18.458, que permite a los pensionados de CAPREDENA seguir afectos a esta en caso de regresar al servicio en instituciones dependientes del Ministerio de Defensa Na...
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