Contraloría - Dictamen N° 3930 2016
Competencia CPLT, acceso a información
Abstracto
Dictamen 3930 de 2016. Reclamo por respuesta incompleta a solicitudes de información. CGR indica que, según ley 20.285, corresponde reclamar ante el Consejo para la Transparencia. Se rechaza obligar a organismos a proveer correo electrónico. Pronunciamientos CGR son públicos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gene Fernández Llerena
- Materia: Competencia del Consejo para la Transparencia y publicidad de los dictámenes.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por respuesta incompleta de Carabineros de Chile a solicitudes de información (EAI2015 046 00 y EAI2015 046 01).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 20.285: Artículo primero (Ley de Transparencia).
- Ley 19.880: Artículos 5, 7, 10, 17 letra e), 19, 23 y 34.
- Ley 18.575: Artículos 3 y 8.
- Constitución Política de la República: Artículo 19 N° 4.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal:
- ¿Es competente la CGR para conocer del reclamo por respuesta incompleta a solicitudes de información?
- ¿Están obligados los órganos de la Administración del Estado a proveer una dirección de correo electrónico para materializar sus actuaciones?
- ¿Es procedente prohibir la publicación del nombre del recurrente y sus datos por parte de la CGR?
- Argumentación CGR:
- En materia de solicitudes de información, la competencia recae en el Consejo para la Transparencia, según la Ley 20.285.
- Ninguno de los preceptos legales invocados prescribe la obligación de los órganos de la Administración de proveer una dirección de correo electrónico.
- Los ...
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