Contraloría - Dictamen N° 15504 2016
Municipios deben licitar como EP
Abstracto
Dictamen 15504 de 2016. Municipalidad de Trehuaco consulta sobre licitación pública en proyectos habitacionales como Entidad Patrocinante (EP) según DTO 49/2011 VIVIE. CGR señala que municipios deben ajustarse a Ley 18695 y Ley 19886 al actuar como EP.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Trehuaco
- Materia: Obligación de licitación pública para proyectos habitacionales cuando el municipio actúa como Entidad Patrocinante (EP).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La Municipalidad de Trehuaco, en su calidad de EP, consulta si está obligada a licitación pública para el proyecto habitacional “Población Villa El Sol”, aprobado por SERVIU, debido a una posible contradicción entre el artículo 48 letra l) del decreto N° 49 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y la circular N° 37 de 2012 de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo.
- Hechos relevantes: La municipalidad plantea que la Ley 19.886 excluye de licitación pública a los municipios para la contratación de obras.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 18.695, artículos 8, incisos 2, 4, 5 y 6; artículo 66, inciso 1. Ley N° 19.886, artículo 3, inciso 1, letra e.
- Reglamentos: Decreto N° 49 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, artículos 10 letra l y 29.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: ¿Está obligada la Municipalidad de Trehuaco a realizar licitación pública para la ejecución del proyecto habitacional “Población Villa El Sol” actuando como EP, considerando la normativa vigente?
- *Argumenta...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora