Contraloría - Dictamen N° 18957 2016
Docencia de Aula y Titularidad
Abstracto
Dictamen 18957 de 2016, la CGR indica que los roles de "Articulación PIE" y "Delegado Gremial" no califican como docencia de aula según la ley 20.804, afectando la titularidad. Se precisa irregularidad en la designación exclusiva como Delegado Gremial.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Doña Valeria Rivera Nova, profesional de la educación de la Municipalidad de Chiguayante.
- Materia: Titularidad de horas según ley N° 20.804 para profesionales de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo por no reconocimiento de titularidad de 35 horas, incluyendo horas de aula, "Articulación PIE", cargo ley N° 20.248 y "Delegado Gremial", a fecha 31 de julio de 2014.
- Hechos relevantes: La Municipalidad indica que las horas de actividades gremiales no están vinculadas a docencia de aula. La Subsecretaría de Educación señala que la jornada laboral incluye horas de docencia de aula, actividades curriculares no lectivas y programa de integración escolar -PIE.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley: N° 20.804, N° 19.648, N° 19.070 (artículo 5°, artículo 6° inciso 1°, artículo 29)
- Decreto: N° 453/91 del Ministerio de Educación (artículo 17, artículo 20 N° 9)
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si las funciones de "Articulación PIE" y "Delegado Gremial" se consideran docencia de aula para efectos de la titularidad según la ley N° 20.804.
- Argumentación CGR: Se requiere ser profesional de la educación, ejercer en enseñanza parvularia, básica o media, estar contratado como do...
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