Contraloría - Dictamen N° 20015 2016
Rechazo Bono Retiro Extemporáneo
Abstracto
Dictamen 20015 de 2016. Don Álvaro Jofré Rojas no tiene derecho al bono de la ley 20.305 por no solicitarlo en el plazo del artículo quinto transitorio. Se confirma criterio de la CGR sobre la materia.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Álvaro Jofré Rojas, exdocente de la Municipalidad de Santiago.
- Materia: Improcedencia del pago de bono de retiro por solicitud fuera de plazo.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de bono establecido en la ley N° 20.305, negado por la Municipalidad de Santiago.
- Hechos relevantes: El recurrente cesó sus funciones el 1 de abril de 2008 y no solicitó el bono dentro del plazo legal.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.305: Artículo 1, incisos 1 y 3. Artículo quinto transitorio.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente tiene derecho al bono de la ley N° 20.305 pese a no haberlo solicitado en el plazo establecido en el artículo quinto transitorio.
- Argumentación CGR: El artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305 establece un plazo de 12 meses, desde la entrada en vigencia de la ley (1 de enero de 2009), para solicitar el bono. La falta de postulación en ese lapso implica la renuncia al beneficio.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Don Álvaro Jofré Rojas no tiene derecho al bono de la ley N° 20.305.
- Criterios establecidos: El plazo de postulación al bono es un requisito esencial para acceder al beneficio.
- Alcance: Caso específico del recur...
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