Contraloría - Dictamen N° 21448 2016
Plazo invalidación acto administrativo caducidad
Abstracto
Dictamen 21448 de 2016. División de Personal de la Administración del Estado consulta sobre invalidación de acto administrativo. Se aplica dictamen 18353/2009, confirmando plazo de dos años (Ley 19880, art. 53) para invalidar actos contrarios a derecho.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Germán Rolando Ríos Langue, exfuncionario de Carabineros de Chile
- Materia: Plazo para invalidar acto administrativo contrario a derecho.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad del cese por imposibilidad física del recurrente.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.880, artículo 53, inciso primero.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es factible invalidar el cese del recurrente, considerando el plazo establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
- Argumentación CGR: La Contraloría General de la República (CGR) señala que el artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, prescribe que la autoridad administrativa puede invalidar actos contrarios a derecho dentro de los dos años desde su notificación o publicación. Este plazo es de caducidad, según el dictamen N° 18.353 de 2009, y no se interrumpe ni suspende por reclamos.
- Jurisprudencia administrativa: Se cita el dictamen N° 18.353 de 2009.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No es factible que la jefatura pertinente de Carabineros invalide el cese del recurrente debido al transcurso del plazo de dos años.
- Criterios establecidos: Se reitera el criterio del d...
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