Contraloría - Dictamen N° 34270 2016

Prescripción cobro remuneraciones estatutarias

Abstracto

Dictamen N° 34.270 de 2016. Se determina que el eventual derecho al cobro de diferencias remuneracionales por ascenso, reclamado por Gerardo Godoy Veas al Instituto de Salud Pública, se encuentra prescrito conforme al artículo 382° del DFL 338/60, aplicando criterio del dictamen 84.483/2015.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Gerardo Godoy Veas
  • Materia: Prescripción del derecho al cobro de diferencias remuneracionales por ascenso.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de pago de diferencias remuneracionales por ascenso desde el grado 25 al grado 23 de la E.U.S., a partir del 3 de junio de 1977, presentada por el señor Gerardo Godoy Veas al Instituto de Salud Pública de Chile.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Articulo 382° del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960 (antiguo Estatuto Administrativo).

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si el derecho al cobro de las remuneraciones pretendidas por el recurrente se encuentra prescrito.
  • Argumentación CGR: Se aplica el artículo 382° del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, que establece un plazo de prescripción de cinco años para el derecho al pago de cualquier remuneración, contados desde la fecha en que se hizo exigible. Se invoca el dictamen N° 84.483, de 2015, de la Contraloría General de la República.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: El eventual derecho al cobro de las remuneraciones pretendidas por el recurrente se encuentra prescrito.
  • Criterios establecidos: Aplica la jurisprudencia establecida en el dictamen N° 84.48...

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