Contraloría - Dictamen N° 35813 2016
Improcedencia reliquidación desahucio opción acciones
Abstracto
Dictamen 35813 de 2016. El recurrente, exfuncionario del Ejército, no tiene derecho a la reliquidación de su desahucio conforme a la ley 18.747, al no haber ejercido la opción de compra de acciones de CORFO establecida en el artículo 6° de dicha ley.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: José Rubén Silva Figueroa, exfuncionario del Ejército, pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Materia: Improcedencia de reliquidación de desahucio por no ejercer derecho a opción de compra de acciones.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de aclaración sobre el alcance de los dictámenes Nos. 94.432, de 2014 y 40.086, de 2015, para reliquidar desahucio.
- Hechos relevantes: El solicitante no compró acciones de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO).
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.948: Artículo 5° transitorio.
- Ley N° 18.747: Artículo 6°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reliquidación del desahucio para quien no ejerció la opción del artículo 6° de la ley N° 18.747.
- Argumentación CGR: Los dictámenes Nos. 94.432, de 2014 y 40.086, de 2015, aplican a funcionarios que ejercieron la opción del artículo 6° de la ley N° 18.747.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No procede la reliquidación del desahucio.
- Criterios establecidos: La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas confirmó que el interesado no hizo uso de la prerrogativa del artículo 6° de la ley N° 18.747.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUD...
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