Contraloría - Dictamen N° 35839 2016

Revisión pensión retiro invalidez Ejército

Abstracto

Dictamen 35839 de 2016. Se desestima solicitud de revisión de pensión de retiro por invalidez de exfuncionaria del Ejército, al estar correctamente calculada. Comisión de Sanidad del Ejército es competente para pronunciarse sobre el estado de salud de sus funcionarios, según DFL 1/97.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Juana Jara Ramírez (exfuncionaria del Ejército)
  • Materia: Revisión de legalidad de retiro y pensión de retiro por invalidez.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de la exfuncionaria para revisar la legalidad de su retiro y la pensión otorgada.
  • Hechos relevantes: La Comisión de Sanidad del Ejército determinó que la recurrente presentaba patologías que le impedían desempeñar un empleo, lo que derivó en su retiro por invalidez.
  • Documentación asociada: Resolución N° 088 de 2007 (Comisión de Sanidad del Ejército), Resolución N° 1.368 de 2007 (ex Subsecretaría de Guerra).

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 18.948, artículo 81.
  • Reglamentos: DFL N° 1 de 1997 (Ministerio de Defensa Nacional), artículo 234, inciso primero.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinación de la correcta aplicación de la normativa en el cálculo de la pensión de retiro por invalidez y la competencia de la Comisión de Sanidad del Ejército.
  • Argumentación CGR: La pensión fue correctamente calculada según la normativa aplicable. La Comisión de Sanidad del Ejército es el organismo competente para determinar la capacidad de los funcionarios para continuar en la institución.
  • *Jurisprudencia administra...

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