Contraloría - Dictamen N° 37852 2016
CGR se abstiene toma razón arriendo equipos
Abstracto
Dictamen N° 37.852 de 2016. La CGR se abstiene de ejercer el control previo de legalidad de las resoluciones N°s 240 y 241 de la Dirección de Vialidad, al no estar afecto a toma de razón el arriendo de equipos según la resolución N° 1.600 de 2008.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Dirección de Vialidad
- Materia: Abstención de toma de razón en contratos de arriendo de equipos.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Resoluciones N°s 240 y 241, ambas de 2016, de la Dirección de Vialidad, que aprueban contratos de arriendo celebrados por trato directo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde el trámite de toma de razón a los contratos de arriendo de equipos celebrados por trato directo por la Dirección de Vialidad.
- Argumentación CGR: La Contraloría General se abstiene de ejercer el control preventivo de legalidad, fundamentándose en que el arriendo de equipos no está afecto al trámite de toma de razón.
- Jurisprudencia administrativa: Se invoca la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La Contraloría General de la República se abstiene de ejercer el control preventivo de legalidad de las resoluciones N°s 240 y 241, ambas de 2016, de la Dirección de Vialidad.
- Criterios establecidos: El arriendo de equipos no se encuentra afecto al trámite de toma de razón.
VI. EFECTOS Y APLICACIÓN
- Organismos afectados: Dirección de Vialidad.
- Procedimientos impactados: Contratació...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora