Contraloría - Dictamen N° 42671 2016

Notificación carta certificada y aplicación

Abstracto

Dictamen 42671 de 2016. Se rechaza reclamo de exfuncionario del Ejército sobre incumplimiento del dictamen N° 5.824, de 2016. La notificación por carta certificada se entiende practicada al tercer día hábil siguiente a su recepción por la oficina de correos del domicilio del afectado.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Carlos Alberto Sepúlveda Mora (exfuncionario del Ejército)
  • Materia: Notificación por carta certificada y fecha en que se entiende practicada.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Reclamo por incumplimiento del dictamen N° 5.824, de 2016, que instruía verificar la fecha de recepción de un oficio informado la reducción de su licencia médica.
  • Hechos relevantes: El Ejército informó que la notificación se realizó antes del término de la licencia médica.

III. MARCO NORMATIVO

  • Ley: Ley N° 19.880, artículo 46, inciso segundo.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar la fecha en que se entiende practicada la notificación por carta certificada para efectos del cómputo de plazos.
  • Argumentación CGR: Reitera que la notificación por carta certificada se entiende practicada al tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos del domicilio del afectado, de acuerdo con el artículo 46, inciso segundo, de la ley N° 19.880.
  • Jurisprudencia administrativa: Se citan los dictámenes N° 24.387, 96.249 y 99.356, todos de 2014.

V. PRONUNCIAMIENTO

  • Decisión principal: Se rechaza el reclamo del recurrente, confirmando la validez de la notificación realizada por el Ejército.
  • *Criterio...

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