Contraloría - Dictamen N° 42682 2016
SIR fiscalización a liquidadores concursales
Abstracto
Dictamen 42682 de 2016. Se determina que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento actuó conforme a la ley 20.720 al fiscalizar a un liquidador y requerirle información ante una denuncia, sin que esto constituya una irregularidad.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Gonzalo Baeza Ovalle, liquidador concursal.
- Materia: Regularidad de la actuación de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) al fiscalizar a un liquidador.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Denuncia contra el liquidador por términos utilizados en comunicaciones con el empleador del deudor.
- Hechos relevantes: La SIR recibió una denuncia contra el liquidador y le solicitó un informe sobre los hechos denunciados.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley 20.720: Artículos 2 N° 19, 331, 332, 337 N° 1, 4 y 11, 338, 339, 340, 341 y 342.
- Ley 10.336: Artículo 6, inciso 3.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la actuación de la SIR al admitir a trámite una denuncia y requerir información al liquidador constituye una irregularidad.
- Argumentación CGR: La SIR tiene la facultad de fiscalizar las actuaciones de los liquidadores, impartirles instrucciones y recibir denuncias en su contra, conforme a la ley 20.720.
- Principios interpretativos: Cumplimiento de las funciones asignadas por ley.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No se aprecia irregularidad en la actuación de la SIR.
- Criterios establecidos: La SIR actuó dentro del ámbito de sus facultades legales...
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