Contraloría - Dictamen N° 47101 2016
Cotizaciones impagas responsabilidad del empleador
Abstracto
Dictamen 47101 de 2016. La CGR reconsidera parcialmente dictámenes anteriores y establece que no procede cobrar a funcionario las cotizaciones previsionales no descontadas oportunamente, siendo responsabilidad del empleador solventar dicha deuda.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Funcionaria de la Dirección General de Obras Públicas
- Materia: Imposibilidad de cobrar a funcionario cotizaciones previsionales no descontadas oportunamente.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración de la resolución exenta N° 4.765, de 2015, que concedió facilidades a la recurrente para restituir sumas por cotizaciones previsionales no deducidas.
III. MARCO NORMATIVO
- Decreto Ley: N° 3.501, de 1980, artículo 1°, inciso tercero.
- Leyes: N° 17.322, artículos 2°, N° 1 y 3°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si corresponde cobrar a la funcionaria las cotizaciones previsionales no descontadas oportunamente de sus remuneraciones.
- Argumentación CGR: La responsabilidad por el entero de las cotizaciones previsionales no pagadas recae en la institución empleadora, sin que a los funcionarios les asista obligación alguna.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: No corresponde que la recurrente entere la deuda previsional, sino que la Dirección General de Obras Públicas debe solventar su pago, restituyendo las sumas descontadas.
- Criterios establecidos: La obligación de enterar las cotizaciones previsionales es del empleador.
VII. RELACIÓN CON JU...
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