Contraloría - Dictamen N° 49929 2016

Improcedencia pago honorarios EGIS programa habitacional

Abstracto

Dictamen 49929 de 2016. Manuel Cerda reclama contra SERVIU por falta de pago a EGIS. CGR determina que no procede el pago de honorarios por cuanto no se cumplen los requisitos normativos, en particular, la obtención del certificado de calificación definitiva del proyecto.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Entidad de Gestión Inmobiliaria Social Aparicio Le Roy S.A. (EGIS), representada por Manuel Cerda Sepúlveda.
  • Materia: Improcedencia del pago de honorarios a EGIS por labores realizadas en el marco del Programa Fondo Solidario de Vivienda.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Reclamo contra el SERVIU Región del Bío-Bío por la negativa al pago de honorarios correspondientes a labores de “Organización de la Demanda y Plan de Habilitación Social Pre Selección del Proyecto” y “Elaboración de Proyectos Técnicos”, ejecutadas para el “Comité Bosques de Monte Mar I de Arauco”.
  • Hechos relevantes: La EGIS ingresó el proyecto al Banco de Proyectos el 7 de octubre de 2011, recibiendo observaciones que no fueron subsanadas en el plazo establecido. El comité terminó su relación contractual con la EGIS el 20 de agosto de 2013.
  • Documentación asociada: Resolución exenta N° 1.392 de 2012 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo; Oficio N° 15.327 del SERVIU de 17 de octubre de 2012.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Decreto N° 174 de 2005 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (regula el Programa Fondo Solidario de Vivienda); Decreto N° 49 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (reglamenta el Programa Fondo Solidario de Elección ...

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