Contraloría - Dictamen N° 51418 2016
Término Contrato Docente No Vulneración
Abstracto
Dictamen 51418 de 2016. Se rechaza reclamo de exdocente de Vitacura por término de contrato a plazo fijo, conforme al artículo 72 letra d) de la ley 19.070. CGR indica que el cese se ajustó a derecho y no vulnera derechos constitucionales.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Marcelo Pino Jara, exdocente del Liceo Municipal Amanda Labarca de la Municipalidad de Vitacura.
- Materia: Legalidad del término de contrato de exdocente y presunta vulneración de garantías constitucionales.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre la legalidad de la no renovación de la contratación del recurrente, alegando vulneración de derechos constitucionales.
- Hechos relevantes: El recurrente fue suspendido de funciones por una acusación de un alumno, sumario que fue sobreseído. Su contrato no fue renovado al vencimiento del plazo.
- Documentación asociada: Dictamen N° 38.626, de 24 de mayo de 2016, relacionado con la suspensión de funciones.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 19, N°s. 1 y 4.
- Leyes: Ley N° 19.070, artículo 72, letra d).
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el término del contrato del exdocente vulneró sus derechos constitucionales.
- Argumentación CGR: El término del contrato se produjo por el vencimiento del plazo, conforme al artículo 72, letra d), de la ley N° 19.070. La decisión de no extender la contratación es una facultad discrecional de la autoridad.
- Jurisprudencia administrativa: Dictamen N° 10....
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