Contraloría - Dictamen N° 53819 2016

Título técnico no habilita como profesional

Abstracto

El Dictamen N° 53.819 de 2016 de la CGR, a solicitud de la Municipalidad de Combarbalá, establece que la inscripción de un título técnico de nivel medio en el registro pertinente no otorga la calidad de profesional para ejercer profesiones según la ley N° 19.378, artículo 5°, letra b).

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Municipalidad de Combarbalá y funcionaria Nancy González Alfaro
  • Materia: Validez de título técnico de nivel medio para ser clasificado como profesional de la salud municipal.

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del Informe Final N° 20 de 2014 de la Contraloría Regional de Coquimbo, que observó la contratación de doña Nancy González Alfaro en la categoría b) del artículo 5° de la ley N° 19.378.
  • Hechos relevantes: La funcionaria posee título de contadora del Instituto Comercial de Los Andes, registrado en el Colegio de Contadores de Chile y con certificado del Servicio de Registro Civil e Identificación.

III. MARCO NORMATIVO

  • Leyes: Ley N° 19.378, artículo 5° letra b) y artículo 6°; DFL N° 630/81 (Ministerio de Justicia), artículo 2° inciso 2; DL N° 3.621/81, artículo 6° inciso final.
  • Reglamentos: Decreto N° 1.889/95 (Ministerio de Salud), artículo 10.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si el título de contadora de nivel medio habilita para ser clasificado en la categoría b) del artículo 5° de la ley N° 19.378.
  • Argumentación CGR: Los institutos comerciales no son entidades de educación superior, por lo que sus diplomas no son títulos profesio...

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