Contraloría - Dictamen N° 55490 2016
Colación imputable a jornada asistentes educación
Abstracto
Dictamen N° 55.490 de 2016. La CGR aclara que el tiempo de colación de los asistentes de la educación (Ley N° 19.464) debe imputarse a la jornada laboral si esta supera las 43 horas semanales, conforme al Dto. N° 1.897/65.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Confederación Nacional de Asociaciones de Funcionarios Asistentes de la Educación Municipalizada de Chile, representada por Arturo Escarez Opazo.
- Materia: Imputación del tiempo de colación a la jornada laboral de los asistentes de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del oficio N° 5.716, de 14 de diciembre de 2015, de la Contraloría Regional de Coquimbo, que determinó que el tiempo de colación de los asistentes de la educación no debe imputarse a la jornada de trabajo.
- Hechos relevantes: La Contraloría Regional de Coquimbo, basándose en el dictamen N° 70.674, de 2013, determinó que el tiempo de colación de los asistentes de la educación no debía imputarse a la jornada laboral. La Confederación solicitó reconsideración.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.464, artículo 4° (aplicación del Código del Trabajo a los asistentes de la educación).
- Reglamentos: Decreto N° 1.897, de 1965, del Ministerio del Interior, que reglamenta la implementación de jornada única o continua de trabajo.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el tiempo de colación de los asistentes de la educación, afectos a la ley N° 19.464, debe imputarse a la jornada l...
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