Contraloría - Dictamen N° 58073 2016
Municipios no pueden autorizar expendio alcoholes
Abstracto
El Dictamen N° 58.073 de 2016 de la Contraloría General de la República, confirma el dictamen N° 98.155 de 2015, señalando que no procede que las municipalidades otorguen permisos transitorios para el expendio de bebidas alcohólicas a juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, conforme al artículo 30 de la ley N° 19.418.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidades de Puerto Montt y Quinta Normal
- Materia: Improcedencia de permisos transitorios para expendio de alcoholes a organizaciones comunitarias.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de reconsideración del dictamen N° 98.155, de 2015, sobre la autorización especial del artículo 19 de la ley N° 19.925.
- Hechos relevantes: Las municipalidades recurrentes argumentan que la autorización especial del inciso tercero del artículo 19 de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas es distinta a la patente de alcoholes del artículo 30 de la ley N° 19.418.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley N° 19.925, artículo primero, artículo 19, inciso 3; Ley N° 19.418, artículo 30; Ley N° 18.893, artículo 38.
- Reglamentos: Decreto N° 58, de 1997, del Ministerio del Interior.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si es legal que los municipios otorguen permisos transitorios para el expendio de bebidas alcohólicas a juntas de vecinos y otras organizaciones comunitarias.
- Argumentación CGR: La prohibición del artículo 30 de la ley N° 19.418 es amplia e impide que las organizaciones comunitarias obtengan patente de alcoholes o se dediquen, incluso transitoriamente, a dicha act...
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