Contraloría - Dictamen N° 66554 2016
Idoneidad sicológica asistentes educación, examen
Abstracto
Dictamen 66554 de 2016. Determina que la idoneidad sicológica de asistentes de la educación debe basarse en informe de patologías y personalidades, según ley 19.464. Aplica dictámenes 70088 y 71869 de 2014 sobre el alcance de dicha idoneidad.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Pierinna Olivieri Romero
- Materia: Evaluación sicológica de asistente de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de nueva evaluación sicológica tras ser declarada ‘no idónea’ para el cargo de asistente de la educación.
- Hechos relevantes: La recurrente fue sometida a un examen sicológico en los términos de la ley N° 19.464, cuyo protocolo cuestiona.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 19.464: Artículo 3°, incisos 1° y 2°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación de la idoneidad sicológica para el cargo de asistente de la educación.
- Argumentación CGR: La idoneidad sicológica se vincula con patologías o personalidades que puedan afectar a los educandos, y no con las ‘competencias laborales’ de los empleados.
- Jurisprudencia administrativa: Dictámenes Nos 70.088 y 71.869, ambos de 2014.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: Se entiende superada la situación, dado que el Servicio de Salud Metropolitano Occidente (SSMO) accedió a reevaluar a la afectada.
- Criterios establecidos: La evaluación de idoneidad sicológica debe considerar patologías o rasgos de personalidad que afecten a los educandos.
VII. RELACIÓN CON JURISPRUDENCIA
- Aplica dictámenes...
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