Contraloría - Dictamen N° 72740 2016
Improcedencia imposiciones DIPRECA contrato Código Trabajo
Abstracto
Dictamen 72740 de 2016. Aldo Rojas González. Improcedencia de volver a ser imponente de DIPRECA, al estar contratado bajo el Código del Trabajo. Aplica el artículo 1° letra g) de la ley 18.458 y el artículo 3° del mismo cuerpo legal.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Aldo Rojas González
- Materia: Imposibilidad de volver a ser imponente de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud para que se reconozca el derecho a volver a ser imponente de DIPRECA.
- Hechos relevantes: El recurrente impugnó su desafectación de DIPRECA mediante un recurso de protección (rol N° 82.540-2014) en la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual fue rechazado. La Corte Suprema ratificó el rechazo, pero modificó la decisión indicando que la materia no debía ser resuelta por esa vía.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 18.458: Artículo 1°, letra g), y artículo 3°.
- Decreto con fuerza de ley N° 2 de 1968 del ex Ministerio del Interior.
- Decreto ley N° 3.500 de 1980.
- Ley N° 10.336: Artículo 6°.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el recurrente tiene derecho a ser imponente del régimen de DIPRECA.
- Argumentación CGR: El régimen previsional de DIPRECA solo aplica al personal de planta, no a quienes están contratados bajo el Código del Trabajo. El recurrente ingresó a la institución el 16 de octubre de 2001, sujeto al Código del Trabajo.
V. PRONUNCIAMIENTO
- El recurrente no tiene derecho a ser impo...
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