Contraloría - Dictamen N° 80279 2016
Cómputo plazos LGUC, días corridos
Abstracto
Dictamen N° 80.279 de 2016. Se rechaza solicitud de reconsideración del Dictamen N° 12.926 de 2016. Aplica el artículo 50 del Código Civil y el artículo 190 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, estableciendo cómputo de plazos en días corridos.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Las Condes
- Materia: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, sobre cómputo de plazos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: La Municipalidad de Las Condes solicita reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, que interpretó el modo de contabilizar los plazos establecidos en la LGUC, específicamente los artículos 118 y 144.
- Hechos relevantes: El Dictamen N° 12.926 concluyó que no existe falta de regulación susceptible de ser suplida por la ley N° 19.880, debiendo aplicarse el artículo 50 del Código Civil para el cómputo de plazos.
III. MARCO NORMATIVO
- Código Civil: artículo 50.
- Leyes: Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL N° 458 de 1975), artículos 118, 144 y 190.
- Normativa especial: Ley N° 20.958, que modifica la LGUC.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, en relación con el cómputo de plazos en la LGUC.
- Argumentación CGR: Se indica que los elementos señalados por la Municipalidad de Las Condes ya fueron ponderados en la emisión del Dictamen N° 12.926. Además, se explicita que con posteri...
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