Contraloría - Dictamen N° 80279 2016

Cómputo plazos LGUC, días corridos

Abstracto

Dictamen N° 80.279 de 2016. Se rechaza solicitud de reconsideración del Dictamen N° 12.926 de 2016. Aplica el artículo 50 del Código Civil y el artículo 190 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, estableciendo cómputo de plazos en días corridos.

Resumen

I. IDENTIFICACIÓN

  • Recurrente: Alcalde de la Municipalidad de Las Condes
  • Materia: Solicitud de reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, sobre cómputo de plazos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).

II. ANTECEDENTES

  • Contexto de la consulta: La Municipalidad de Las Condes solicita reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, que interpretó el modo de contabilizar los plazos establecidos en la LGUC, específicamente los artículos 118 y 144.
  • Hechos relevantes: El Dictamen N° 12.926 concluyó que no existe falta de regulación susceptible de ser suplida por la ley N° 19.880, debiendo aplicarse el artículo 50 del Código Civil para el cómputo de plazos.

III. MARCO NORMATIVO

  • Código Civil: artículo 50.
  • Leyes: Ley General de Urbanismo y Construcciones (DFL N° 458 de 1975), artículos 118, 144 y 190.
  • Normativa especial: Ley N° 20.958, que modifica la LGUC.

IV. ANÁLISIS JURÍDICO

  • Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la reconsideración del Dictamen N° 12.926, de 2016, en relación con el cómputo de plazos en la LGUC.
  • Argumentación CGR: Se indica que los elementos señalados por la Municipalidad de Las Condes ya fueron ponderados en la emisión del Dictamen N° 12.926. Además, se explicita que con posteri...

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