Contraloría - Dictamen N° 81920 2016
Bono postlaboral. Acreditación calidad funcionario
Abstracto
Dictamen 81920 de 2016. María Díez Droguett no acredita ser funcionaria antes del 1 de mayo de 1981 en organismos antecesores de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento. No cumple requisitos ley 20305 para bono postlaboral.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: María Díez Droguett, funcionaria de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Materia: Bono postlaboral ley N° 20.305, acreditación calidad funcionario previo a mayo de 1981.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pronunciamiento sobre si el tiempo trabajado en la antigua Sindicatura de Quiebras de Santiago (1 de mayo de 1979 al 30 de abril de 1981) es computable para el bono postlaboral de la ley N° 20.305.
- Hechos relevantes:
- IPS informa cotizaciones en la ex Caja de Empleados Particulares pagadas por la Sindicatura de Quiebras de Santiago.
- Superintendencia informa designación como oficial administrativo (grado 19 E.U.R.) desde el 1 de abril de 1983 (resolución N° 15 de 1983, ex Fiscalía Nacional de Quiebras), sin registros anteriores.
- Se alega desempeño 'con cargo a quiebras' en sindicaturas predecesoras.
III. MARCO NORMATIVO
- Ley N° 20.305:
- Artículo 1°: Otorga bono a funcionarios de planta, contrata o Código del Trabajo en servicios que indica (incluyendo la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento) al 1 de enero de 2009.
- Artículo 2°, N° 1: Exige poseer calidades del artículo 1° tanto al postular como con anterioridad al 1 de mayo de 1981.
- *Ley N° 4.55...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora