Contraloría - Dictamen N° 82015 2016
No procede condonación deuda licencia médica
Abstracto
Dictamen 82015 de 2016. La CGR determina que no procede la condonación de deuda originada por reducción de licencia médica, posteriormente autorizada por COMPIN. Se aplica el artículo 67 de la ley 10.336.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Policía de Investigaciones de Chile (PDI).
- Materia: Condonación de deuda por reducción de licencia médica.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Presentación de la funcionaria Lorena Alejandra Quiroz Pérez solicitando acogerse al artículo 67 de la ley N° 10.336 para reintegrar $96.173 adeudados por reducción de licencia médica.
- Hechos relevantes: La funcionaria hizo uso de licencia médica entre el 5 y el 19 de marzo de 2015, la cual fue reducida. Posteriormente, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) autorizó la totalidad del reposo mediante resolución exenta N° 36.211 de 2015.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Artículo 67 de la ley N° 10.336.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si procede la condonación de la deuda originada por la reducción de la licencia médica, considerando la posterior autorización de la COMPIN.
- Argumentación CGR: Se indica que, debido a la autorización total del reposo prescrito por parte de la COMPIN (resolución exenta N° 36.211, de 2015), los días reducidos por duplicidad se encontraban comprendidos dentro de una licencia médica otorgada con anterioridad, por lo que no procede exigir el reintegro de la suma mencionada.
V. PRONUNCIAMIE...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora