Contraloría - Dictamen N° 85879 2016
Municipalidad debe justificar trato directo
Abstracto
Dictamen 85879 de 2016. Consejo Ciudadano de La Cisterna reclama contra la Municipalidad por contratación directa de obras. CGR indica que la Municipalidad debe fundamentar las contrataciones directas según la ley 19.886 y el artículo 8° de la ley 18.695.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Consejo Ciudadano de La Cisterna
- Materia: Fundamentación de contrataciones directas y convenios por la Municipalidad de La Cisterna.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Reclamo contra la Municipalidad de La Cisterna por la contratación de cuatro obras de mejoramiento de calzadas mediante trato directo.
- Hechos relevantes: Los trabajos fueron encargados a un mismo proveedor y, según los recurrentes, debieron someterse a licitación pública.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Ley 18.575, artículo 9°; Ley 19.886, artículos 7° y 8°; Ley 18.695, artículo 8°.
- Reglamentos: Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda, artículo 10.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si la Municipalidad de La Cisterna fundamentó correctamente la contratación directa de obras de mejoramiento de calzadas.
- Argumentación CGR: El procedimiento de trato directo es excepcional y requiere justificación documentada. Las resoluciones municipales se limitan a invocar la normativa sin detallar las circunstancias fácticas.
- Jurisprudencia administrativa: Se aplica el criterio contenido en los dictámenes N° 60.858 de 2013 y N° 15.869 de 2015.
V. PRONUNCIAMIENTO
- Decisión principal: La Municipalidad de La C...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora