Contraloría - Dictamen N° 3629 2017
Consejo Indígena debe Toma Razón
Abstracto
Dictamen 3629 de 2017. Intendencia Región de Magallanes consulta sobre creación y toma de razón del Consejo de Desarrollo Indígena. CGR determina que debe someterse a toma de razón y ajustarse a la ley 19.175. Complementa informe N° 216/2016.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena
- Materia: Necesidad de toma de razón del acto administrativo de creación del Consejo de Desarrollo Indígena de Magallanes y Antártica Chilena y atribuciones de la Oficina de Asuntos Indígenas de Punta Arenas.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Informe final de investigación especial N° 216, de 2016, de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena.
- Mediante decreto exento N° 3, de 2001, de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena, se creó el Consejo de Desarrollo Indígena de Magallanes y Antártica Chilena, modificado por decreto exento N° 2, de 2006.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: artículos 63, N° 14, y 65, inciso cuarto, N° 2.
- Leyes: ley N° 19.175, artículos 13, 16 letra d), 19 letra f), 24 letras f) e l), y 36 letra b); ley N° 19.880, artículo 3.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar si el acto administrativo de creación del Consejo de Desarrollo Indígena debió ser sometido a toma de razón y si la Oficina de Asuntos Indígenas de Punta Arenas puede formar parte del consejo.
- Argumentación CGR: El Gobierno Regional está facultado para crear órganos asesores. Sin embargo, el C...
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