Contraloría - Dictamen N° 3906 2017
Rectificación capital propio patentes municipales
Abstracto
Dictamen 3906 de 2017. La CGR determina que la Municipalidad de Colbún debe informar a la de Las Condes sobre la existencia de sucursal y antecedentes de empresas para rectificar certificados de capital propio, según DL 3063/79, art. 25.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Municipalidad de Colbún
- Materia: Determinación de existencia de sucursal y rectificación de certificados de capital propio.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de la Municipalidad de Colbún para determinar la existencia de una sucursal no declarada de Elecnor Chile S.A. y recalcular la distribución de capital propio de Elecnor Chile S.A. y Transelec S.A. por parte de la Municipalidad de Las Condes.
- Hechos relevantes: Elecnor Chile S.A. no ha declarado tener sucursales en Las Condes. Transelec S.A. declaró una sucursal en Colbún, pero sin considerar a los subcontratados.
III. MARCO NORMATIVO
- Leyes: Decreto Ley N° 3.063, de 1979, artículo 25, incisos 1, 2 y 3; Ley N° 18.575, artículos 5, inciso 2 y 3, inciso 2.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinación de la existencia de una sucursal y la correcta distribución del capital propio para el pago de patentes municipales.
- Argumentación CGR: La existencia de una sucursal es una situación de hecho que corresponde determinar al municipio. Se recuerda el deber de coordinación entre los órganos de la Administración del Estado.
- Principios interpretativos: Principio de coordinación administrativa.
- *Jurisprudencia administra...
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