Contraloría - Dictamen N° 4914 2017
Pago bono ley 20883 asistentes educación
Abstracto
Dictamen 4914 de 2017. La CGR determina que el Ministerio de Educación y la Municipalidad de Padre Hurtado deben adoptar medidas para el pago oportuno del bono del artículo 59 de la ley N° 20.883 a los asistentes de la educación.
Resumen
I. IDENTIFICACIÓN
- Recurrente: Asociación de Funcionarios Co-docentes de la Municipalidad de Padre Hurtado.
- Materia: Pago oportuno del bono del artículo 59 de la ley N° 20.883 a los asistentes de la educación.
II. ANTECEDENTES
- Contexto de la consulta: Solicitud de pago del bono establecido en el artículo 59 de la ley N° 20.883 para auxiliares de la educación de la Municipalidad de Padre Hurtado, alegando falta de respuesta a peticiones anteriores y prácticas antisindicales.
- Hechos relevantes: El municipio argumenta falta de transferencia de recursos del Ministerio de Educación. La Subsecretaría de Educación indica que el pago en 2016 estaba supeditado a modificación presupuestaria.
III. MARCO NORMATIVO
- Constitución: Artículo 38.
- Leyes: Ley N° 20.883, artículo 59; Ley N° 19.464, artículo 2 letras a), b) y c), artículo 5; Ley N° 20.952, artículo transitorio; Ley N° 20.971, artículo 45; Ley N° 19.880, artículo 7; Ley N° 18.695, artículos 46, 49 y 98; Ley N° 18.575, artículos 3, 5, 8 y 20.
IV. ANÁLISIS JURÍDICO
- Cuestión jurídica principal: Determinar la procedencia del pago del bono del artículo 59 de la ley N° 20.883 a los asistentes de la educación de la Municipalidad de Padre Hurtado.
- Argumentación CGR: El pago del bono en 2016 que...
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